Art. 11.
Las Federaciones deportivas españolas se extinguen por las siguientes causas:
a) Por las previstas en sus propios Estatutos.
b) Por la revocación de su reconocimiento.
c) Por resolución judicial.
d) Por integración en otras Federaciones.
e) Por la no ratificación a los dos años de su inscripción.
f) Por las demás causas previstas en el ordenamiento jurídico general.