Art. 11.

Las Federaciones deportivas españolas se extinguen por las siguientes causas:

a) Por las previstas en sus propios Estatutos.

b) Por la revocación de su reconocimiento.

c) Por resolución judicial.

d) Por integración en otras Federaciones.

e) Por la no ratificación a los dos años de su inscripción.

f) Por las demás causas previstas en el ordenamiento jurídico general.