Artículo 122. Red de Centros de Alto Rendimiento y de Tecnificación Deportiva.
1. La Red de Centros de Alto Rendimiento y de Tecnificación Deportiva es el conjunto de centros reconocidos por el Consejo Superior de Deportes que garantizan, a través de sus Programas Deportivos, la preparación técnico-deportiva de las personas deportistas tanto en el ámbito de la alta competición como en el proceso de tecnificación.
2. El Consejo Superior de Deportes coordinará, junto a las Comunidades Autónomas y a las federaciones deportivas españolas, la Red de Centros de Alto Rendimiento y de Tecnificación Deportiva.
3. Cada centro dispondrá de una denominación de acuerdo con unos criterios de clasificación que se establecerán en función del interés estatal o autonómico, los objetivos deportivos, la calidad de las instalaciones y servicios, los medios disponibles, los programas deportivos y los departamentos o unidades específicas para los que han sido creados.