Disposición adicional cuarta. Información de Resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores y disciplinarios.

Las autoridades gubernativas y las Federaciones Deportivas notificarán a la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, y al Registro Central de Sanciones en materia de Violencia, Racismo, Xenofobia e Intolerancia en el Deporte, las resoluciones que dicten en aplicación de los preceptos recogidos en la presente Ley.