Disposición adicional décima. Modificaciones legislativas sobre responsabilidad civil.

El Gobierno remitirá, en el plazo de un año, a las Cortes Generales, los proyectos de ley o de modificación de las leyes ya existentes que convengan para regular de modo específico la responsabilidad civil en el ámbito propio del deporte y de los espectáculos deportivos, así como del aseguramiento de la misma y su consiguiente repercusión en el sistema de compensación de seguros.